Lagunas competenciales en las condenas de tráfico
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Lagunas competenciales en las condenas de tráfico

Lagunas competenciales en las condenas de tráfico

Los juzgados de lo Penal alicantinos han dado la voz de alarma. En al menos dos casos, conductores sancionados han tratado de eludir el cumplimiento de la pena de trabajos en beneficios de la comunidad. La situación ha generado un conflicto de competencias entre un juzgado de lo Penal y el de Vigilancia Penitenciaria sobre a quién de los dos le corresponde hacer que se cumpla la pena.

Al parecer, el juzgado de lo Penal impuso la condena a trabajos comunitarios al conductor y lo remitió a los Servicios Sociales Penitenciarios para que le hicieran un programa personalizado sobre cómo debía cumplir la condena. Después no se presentaron para hacer la prestación. En teoría, los hechos serían constitutivos de un delito de quebrantamiento de condena. En la práctica, no hay delito de quebrantamiento, porque la condena ni siquiera ha empezado a cumplirse y, por tanto, no se trata de un asunto que competa a Vigilancia Penitenciaria.

Lo curioso es que tampoco se puede ordenar la detención del reo, porque no hay ninguna condena de prisión contra él. Y, al final, es posible que la pena prescriba -algunas de ellas deben cumplirse antes de un año-, ya que mientras que los conductores no digan expresamente que no quieren cumplir la condena, se va prolongando la situación.

La cuestión es quién le pone el cascabel al gato. El cascabel -y también el sentido común- lo ha puesto la Audiencia Provincial. El control de estos casos corresponde al juzgado de Vigilancia porque los penados ya habían ido a los Servicios Sociales. Eso sí, el fallo no entra a decir qué pasaría si el penado ni siquiera se presenta en la oficina, como ya está empezando a ocurrir, o cómo deben hacer los jueces que se cumpla la sentencia.

Con la reforma del Código Penal, los trabajos en beneficio de la comunidad han pasado a ser la pena principal con la que se castiga el exceso de velocidad y conducir ebrio o sin carné. La prisión se reserva sólo para los casos más graves y la mayoría de las condenas que se imponen son multas o trabajos.

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